Division Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
United Kingdom
- Artículo 1Finalidad
- Artículo 2Definiciones
- Artículo 3Ámbito de aplicación
- Artículo 4Protección de la soberanía
- Artículo 5Penalización de la participación en un grupo delictivo organizado
- Artículo 6Penalización del blanqueo del producto del delito
- Artículo 7Medidas para combatir el blanqueo de dinero
- Artículo 8Penalización de la corrupción
- Artículo 9Medidas contra la corrupción
- Artículo 10Responsabilidad de las personas jurídicas
- Artículo 11Proceso, fallo y sanciones
- Artículo 12Decomiso e incautación
- Artículo 13Cooperación internacional para fines de decomiso
- Artículo 14Disposición del producto del delito o de los bienes decomisados
- Artículo 15Jurisdicción
- Artículo 16Extradición
- Artículo 17Traslado de personas condenadas a cumplir una pena
- Artículo 18Asistencia judicial recíproca
- Artículo 19Investigaciones conjuntas
- Artículo 20Técnicas especiales de investigación
- Artículo 21Remisión de actuaciones penales
- Artículo 22Establecimiento de antecedentes penales
- Artículo 23Penalización de la obstrucción de la justicia
- Artículo 24Protección de los testigos
- Artículo 25Asistencia y protección a las víctimas
- Artículo 26Medidas para intensificar la cooperación con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley
- Artículo 27Cooperación en materia de cumplimiento de la ley
- Artículo 28Recopilación, intercambio y análisis de información sobre la naturaleza de la delincuencia organizada
- Artículo 29Capacitación y asistencia técnica
- Artículo 30Otras medidas: aplicación de la Convención mediante el desarrollo económico y la asistencia técnica
- Artículo 31Prevención
- Artículo 32Conferencia de las Partes en la Convención
- Artículo 33Secretaría
- Artículo 34Aplicación de la Convención
- Artículo 35Solución de controversias
- Artículo 36Firma, ratificación, aceptación, aprobación y adhesión
- Artículo 37Relación con los protocolos
- Artículo 38Entrada en vigor
- Artículo 39Enmienda
- Artículo 40Denuncia
- Artículo 41Depositario e idiomas
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